Desde la existencia de la bolsa de crédito horario del
Personal de Administración y Servicios a la actualidad se observan grandes
diferencias en el disfrute que cada persona ha hecho de la misma. Este hecho ha
llevado a la Gerencia a realizar un esfuerzo económico, en el marco permitido
por la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, de forma que se compense al personal que ha tenido
menos oportunidades para disfrutar de dicho crédito.
Por tanto, y excepcionalmente para este año, esta
Gerencia resuelve:
1) Compensar
con 52,5 euros (coste aproximado de 69 euros para la universidad al incluir la
seguridad social) por cada día completo incluido en el crédito horario de cada
trabajador, y hasta el máximo de 2/3 de su crédito a 31/12/2016 ajustando el
número de días resultantes por exceso. El mínimo a compensar será un día
completo.
2) Esta medida
es totalmente voluntaria y podrá acogerse a ella todo el personal de
Administración y Servicios de capítulo I que regulen su crédito horario a
través del sistema de presencia.
3) El crédito
horario restante se seguirá gestionando en las mismas condiciones que las actuales.
A modo de ejemplo imaginemos que la persona X tiene un crédito horario a 31/12/2016 de 50 horas, 2/3 de esta cantidad son 33,33 horas que traducido en días (dividimos entre 7 horas y media de cada día) hacen un total de 4.44, redondeados al alza, hacen un total de 5 días que se compensarían. Para deducirlos del crédito se multiplican esos 5 días por 7,5 horas, y las 37,5 horas se restarían a su total actual.
Desde la Gerencia entendemos que es una forma proporcionada de compensar la dedicación del personal a lo largo de estos años para aquellos que no han tenido la oportunidad o la necesidad de utilizar estas horas.
En próximas fechas os haremos llegar la instrucciones de cómo solicitar esta compensación ya que la intención es hacer esta compensación efectiva en la nómina de noviembre.
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