En relación con la modificación de la convocatoria de oposición a la Escala Auxiliar Administrativa que se ha enviado al BOJA la Gerencia quiere aclarar de forma pública cómo y por qué se han desarrollado estos hechos:
1) Esta convocatoria de oferta de empleo público se realiza en la modalidad de concursos oposición, valorándose en la fase de concurso la antigüedad del personal funcionario interino en dicha escala de la UAL.
2) Esta antigüedad se valora a razón de “…0,20 puntos por mes de servicio o fracción…”
3) Una vez que el servicio de RRHH elabora los certificados correspondientes a los funcionarios interinos que han prestado servicios en la UAL, este Gerencia advierte discordancias entre los meses de servicio certificados y el tiempo real de los servicios prestados.
4) Preguntado el Servicio de RRHH sobre este cuestión informa a la Gerencia que según rige en la convocatoria, el cómputo de los servicios prestados se realiza para cada uno de los periodos trabajados en la UAL, de tal forma que si en cada periodo hay una fracción de mes trabajada, entre 1 y 28 días, esta será valorada adicionalmente como un mes completo, de tal forma que si en la antigüedad de un funcionario hay varios periodos, lo más probable es que en cada uno de ellos se adicione un mes más de valoración.
5) La Gerencia estima que esta fórmula de cálculo es muy injusta con la realidad de los servicios prestados, y se informa cómo se valora en otras universidades. La fórmula más justa que se encuentra es la utilizada por la Universidad de Granada donde se valoran los servicios prestados para cada uno de los días de nombramiento de funcionario interino por día trabajado.
6) La Gerencia, en aras de los principios de igualdad y mérito, considera ineludible modificar la convocatoria para corregir la fórmula de cómputo de los servicios prestados, por otra donde se valoré exclusivamente los días trabajados, a razón de 0,20/30 por día trabajado, sin que exista la posibilidad de “redondeos” donde se le pueda llegar a computar a un funcionario interino un mes más de valoración por cada periodo de nombramiento que haya tenido.
A modo de ejemplo os trasladamos el siguiente caso real de un funcionario interino con diferente nombramientos:
Aquí se puede comprobar como en la zona sombreada de color naranja se observa los excesos de días de cada periodo: 20, 9 y 3 significarían cada uno de ellos añadir un mes más por periodo, es decir un total de 3 meses.
Es más, si hubiese otro funcionario interino que hubiese estado nombrado el total de los 302 días en un solo periodo, del 04/02/2011 al 03/12/2011, el cómputo según la convocatoria actual es de justamente 10 meses, a lo que correspondería una valoración de: 10 * 0,2 = 2 puntos, una diferencia de 0,4 puntos para los mismo días trabajados. Por tanto con esta fórmula se prima los periodos discontinuos sobre un único nombramiento.
Así las cosas, dado que en estas convocatorias hasta una centésima es decisiva, y como se ilustra en el ejemplo anterior, nos parece mucho más justo utilizar la valoración del cómputo por número de días trabajados.
Desde la Gerencia sabemos el enorme esfuerzo que están haciendo los opositores por conseguir una de las plazas convocadas, por tanto consideramos que más que nunca hay que valorar de la forma más justa posible los méritos de cada cual.
Esperamos que mediante este comunicado la comunidad universitaria entienda la intención de la Gerencia al realizar esta modificación, ha sido la necesidad de ofrecer una respuesta antes de la finalización del plazo de solicitudes. Ni mucho menos se ha pretendido menospreciar a los representantes de los trabajadores, y tampoco incumplir el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo que no regula las convocatorias de selección como ésta.
La Gerencia,
En la página del Servicio de RRHH tenéis la publicación de dicha modificación de la convocatoria, así como toda la información referida a la misma.




